Arauca

Juzgado negó acción de tutela instaurado por caso de menor indígena en Arauquita

El Juzgado Civil del Circuito de Arauca, negó la Acción de Tutela que buscaba la defensa de la menor indígena, Lorena Tocaría Cuenza, quien fue separada de su núcleo familiar en el municipio de Arauquita y luego llevada a la comunidad El Vigía en esta misma localidad del departamento de Arauca, una situación que sacó lágrimas y que causó la indignación de todo y pueblo y el departamento de Arauca.

La acción fue aceptada el pasado 26 de febrero, cuando el Juzgado Civil del Circuito de Arauca aceptó la Acción de Tutela instaurada por el abogado Carlos Alberto Merchán Espíndola que buscaba el restablecimiento de los derechos y el bienestar de la menor de tan solo 4 años de edad, Lorena Tocaría Cuenza.

El accionado en esta oportunidad fue el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, el Resguardo Indígena El Vigía del Pueblo Makaguán de Arauquita y otros. موقع المراهنات على المباريات En la acción también se determinó vincular como accionado al Ministerio del Interior, Hospital San Lorenzo de Arauquita, a la señora Edelmira Vivas Vallejo, Nilson Martínez Tocaría, ex gobernador indígena del pueblo Macaguán, Jesús Fernández Sánchez, gobernador actual del resguardo, la Defensoría de Familia de Arauquita, la Personería Municipal de esa localidad, la Defensoría del Pueblo, la ESE Moreno y Clavijo, la Registraduría Municipal, Gustavo Tocaría Cuenta, Haidi Cuenza, la Nueva Eps de Arauca y Arauquita, el Hospital San Vicente de Arauca y Sikuaso.

La tarde de este viernes 11 de marzo se conoció el fallo que profirió el Juzgado Civil del Circuito de Arauca con esta Acción de Tutela interpuesta por el Abogado Carlos Alberto Merchán Espíndola por este caso de la menor indígena Lorena Tocaría Cuenza, integrante de la Comunidad aborigen El Vigía del municipio de Arauquita.
Dentro de las consideraciones se acordó:
Primero: NEGAR el amparo constitucional solicitado por el abogado Carlos Alberto Merchán Espíndola como agente oficioso de la menor, Lorena Tocaría Cuenza, accionada contra el Instituto Colombiano del Bienestar Familiar -ICBF; Resguardo Indígena ElVigía del pueblo Macaguán de Arauquita y Otros.
SEGUNDO: ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF por intermedio de sus funcionarios para que brinde acompañamiento necesario cada 15 días al proceso de reincorporación de la menor Lorena Tocaría Cuenza, a su grupo familiar y grupo étnico El Vigía, e igualmente ordenar al Gobernador indígena del resguardo que permita el ingreso de los funcionarios del ICBF en compañía de la Defensoría del Pueblo de Arauca para que el proceso surta los resultados esperado en beneficio de la menor indígena.
TERCERO: CONCEDER el Amparo Constitucional solicitado por el abogado Carlos Alberto Merchán Espíndola como agente oficioso de la menor Lorena Tocaría Cuenza, en contra de la Nueva Eps, por el derecho fundamental a la salud. العاب للربح من الانترنت
CUARTO: ORDENAR a la Nueva Eps que, en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, garantice el tratamiento integral requerido para la menor Lorena Tocaría Cuenza. كيف تربح المال من الانترنت مجاناً

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